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La Norma Internacional sobre Medidas Fitosanitarias (NIMF) N. º 15, creada por la FAO, reglamenta los embalajes de madera utilizados en el comercio exterior, y describe las medidas fitosanitarias para reducir el riesgo de introducción y diseminación de plagas y enfermedades forestales en los países.
El tratamiento de esta norma, necesario para la exportación, contempla únicamente el tratamiento térmico (HT) tras la Decisión de la Comisión del 18 de septiembre de 2008 (2008/753/CE) que dispone la no inclusión del tratamiento con bromuro de metilo en el anexo I de la Directiva del Consejo 91/414/CEE, de 15 de julio de 1991, relativa a la comercialización de productos fitosanitarios, y establece el 18 de marzo de 2010 como fecha límite para la comercialización y utilización de los productos fitosanitarios que contengan bromuro de metilo.
Los países que han firmado la NIMF-15 tienen derecho a denegar la entrada en sus fronteras a las mercancías en palés, cajas y embalajes de madera que no hayan sido tratados, marcados y certificados conforme a sus reglamentos.
Para visualizar el listado de países que exigen la NIMF-15 puede pinchar aquí.
Actualmente y en cumplimiento de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, no está disponible el registro completo de Operadores de embalajes de madera que cumplen con dicha normativa. Si necesita conocer las empresas que pueden realizar el fumigado, únicamente se ofrece a aquellas empresas que muestren tener interés legítimo, previa solicitud mediante correo electrónico a la siguiente dirección de correo: registroembalajes@marm.es.
En dicho listado, solamente figurarán los datos del Registro Oficial de operadores de embalajes de madera de aquellas empresas que hayan dado su consentimiento al Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (MAGRAMA).
Para más información puede dirigirse al siguiente enlace. |